Jurisprudencia De la Compensacion De los Trabajadores
(Periódicamente Actualizado)
Tlumac v. High Bridge Stone
187 NJ 567 (2006)
En este episodio, el trabajador dañado era un conductor del camion que hizo implicado en un accidente del vehículo de motor. El patrón negó el caso usando la defensa de la intoxicación. Produjeron el testimonio experto que indicaba que, a la hora del accidente, el índice de alcohol de la sangre del trabajador dañado era aproximadamente 0.15. El trabajador dañado no disputó esta informacion. Sin embargo, él afirmó que él se cayó dormido en la rueda antes del accidente. Él dijo que era porque él estaba cansado como resultado de un horario muy ocupado del trabajo y de deberes caseros adicionales requeridos como resultado de la enfermedad de su esposa. Él produjo el testimonio que indicaba en los 12 días antes del accidente que él trabajó 230 horas y, con la responsabilidad agregada de tomar cuidado de su esposa, que el recibió muy poco sueño.
El Estatuto de la Compensacionde los Trabajadores de New Jersey indica que para que un patrón utilice con éxito la defensa de la intoxicación, el deben demostrar que la intoxicación era la única causadel accidente de trabajo. Aquí la corte indicó que la intoxicación pudo haber sido una de las causas, de hecho él pudo haber sido una causa primaria, pero no podría gobernar que la intoxicación era la única causa del accidente. La Corte no pudo descontar el hecho que el horario difícil de el trabajador dañado contribuyó a la ocurrencia del accidente. Por esa razón, la Corte encontró que el accidente era compensable bajo ley de la Compensación de los Trabajadores de New Jersey y ventajas fueron concedidas al trabajador dañado.
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Luis Rosado v. Crescenzi and Son Concrete, Inc.
No Reportado (2006)
En este episodio dañaron al trabajador cuando él se cayó a través de un techo sobre un piso concreto en un edificio que era demolido por su patrón alegado. El trabajador dañado buscó ventajas debajo del Estatuto de la Compensación de los Trabajadores de New Jersey. El patrón alegado negó estas ventajas, afirmando que el trabajador dañado no era empleado, pero era un contratista independiente.
En el ensayo, la Corte aplicó las dos pruebas que se relacionan con la controversia del contratista. La primera pruebe es "El Drecho para Controlar". Según esta prueba el patrón tiene el derecha de dirigir al trabajador en el funcionamiento del trabajo. Aquí la corte encontró que el patrón asignó y supervisó todas las tareas realizadas por el trabajador. La segunda prueba es "Naturaleza Relativa del Trabajo". Esta prueba tiene dos porciones. El trabajo que es realizado por el individuo dañado debe ser integral al negocio del patrón y el trabajador debe tener dependencia financiera substancial sobre el patrón. Aquí la corte encontró que uno de los propósitos principales de la compañía era suprimir edificios y que dañaron al trabajador mientras que suprimía un negocio. También encontró que la renta completa de el trabajador fue derivada de los trabajos con el patrón. El trabajador dañado necesitó satisfacer solamente una de estas pruebas que se considerará un empleado y por lo tanto elegible para las ventajas de la Compensación de los Trabajadores de New Jersey. No obstante, la Corte se determinó que el trabajador dañado satisfizo ambas pruebas. Por lo tanto se determinó que él era empleado y las ventajas fueron concedidas para él.
Es importante observar que en el caso de la edición de la independiente es un caso de camiones. En este episodio el camion usado por el trabajador dañado fue arrendado por él y había un acuerdo escrito específico entre el patrón y el trabajador que concedían que el trabajador era un contratista independiente. No obstante, la corte se determinó que el conductor del camion era empleado y concedido darle las ventajas de la Compensación de New Jersey.
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Jose Valdez v. Tri-State Furniture
374 N.J. Super. 223 (App. Div. 2005)
En este episodio, a una compañía que repara muebles empleó al trabajador dañado. Esa compañía compartió el espacio del almacén con un almacén grande y importante de muebles. En la fecha del accidente, el trabajador dañado y un supervisor estaban trabajando horas extras para construir una oficina dentro del espacio del almacén de su compañía. Eran las únicas dos personas en la facilidad. Cuando el trabajo fue casi terminado, el trabajador dañado y su supervisor decidíeron hacer un paseo en forklifts. Los forklifts fueron poseídos por el almacén grande de los muebles (la otra compañía) y en el espacio del almacén de esa compañía. Mientras montando la carretilla elevadora, el trabajador consiguió un accidente, causando lesiones severas. Él buscó ventajas de la Compensación de los Trabajadores de New Jersey. El patrón negó estas ventajas, afirmando que las lesión no se fueron presentados el curso del empleo.
El juez de ensayo gobernó en el favor del patrón, y nego las ventajas al trabajador dañado. Sin embargo, la División de Apelación volcó esta decisión en el favor del trabajador dañado. En hacer así, la División de Apelación observó que a la hora del accidente el trabajador dañado todavía estaba "en el reloj" y en la presencia de su supervisor. También observaron que había ciertas épocas durante las cuales los empleados de la compañía del trabajador dañado conducian forklifts y que el área que separaba el espacio de trabajo de las dos companies no fue definida claramente. Más importantemente, la Corte encontró que los "accidentes que resultan de desviaciones de menor importancia o la curiosidad de un empleado sobre su ambiente del trabajo sigue siendo compensable".
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Joseph Sprigg v. Telesource Corporation
No Reportado (2005)
En este episodio, el trabajador dañado era un técnico de instalación que trabajaba para una compañía importante de telecomunicaciones. Su trabajo lo requirió viajar a diversos sitios e instalar el equipo eléctrico. Le dieron un vehículo de la compañía y fue reembolsado por el gas y los peajes. En la fecha del accidente él terminó su cambio normal. Le dieron una asignación de emergencia. Él fue a casa para la cena y se fue de su hogar aproximadamente a las 9:30PM a ir al sitio nuevo del trabajo. Él llegó el sitio del trabajo a las 11:00PM; trabajado hasta los 4:00AM; entonces fue requerido a permanecer 2 horas mas para terminar una cambio completa del tiempo suplementario. En su viaje a la casa, el trabajador se dormio detrás de la rueda e hizo implicado en un accidente del vehículo de motor. Él buscó las ventajas de la Compensación de los Trabajadores, que fueron negadas por su patrón.
En decidir este caso, la corte reconoció que el tiempo del recorrido a y desde el trabajo no se considera normalmente como ser parte del día del trabajo y lesiones que ocurren durante esas épocas no son compensables. Sin embargo, la Corte también observó dos excepciones a esta regla. Uno es la excepción de la "Misión Especial". Esta excepción permite la compensacion a los trabajadores dañados durante el tiempo del recorrido en que están implicados en accidentes lejos de su lugar del empleo convencional y contratados realmente a sus deberes del trabajo. La segunda excepción es "Tiempo del Recorrido". Esto permite la cobertura de puerta a puerta para los trabajadores dañados implicados en accidentes durante tiempo del recorrido en un vehículo autorizado por el patrón a un sitio distante del trabajo. Bajo cualquier teoría, la Corte se determinó que esta lesión era relacionada con el trabajo y concedió al trabajador dañado las ventajas de la Compensacion de los Trabajadores de New Jersey.
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Richard Lindquist v. City of Jersey City Fire Department
175 NJ 244 (2003)
En este episodio, un bombero trajo una demanda ocupacional de la exposición contra su patrón. Él alegó que la exposición al polvo, al humo y a otros gases nocivos sobre un empleo de 25 años lo hizo sostener enfisema. El patrón negó la demanda. El negar la demanda, produjeron el testimonio médico que indicaba que no había demostración médica de la evidencia que el tipo de exposición alegada por el bombero podría causar enfisema. El experto médico del patrón atribuyó el enfisema a la historia del bombero del tabaquismo.
La Corte de Apelación gobernó en el favor del bombero. En hacer así, los jueces encontraron que aunque no hay pruebas científicas y específicas que relacionan concluyente enfisema con la exposición aguda del humo, es bien sabido que este tipo de exposición puede dañar los pulmones. La Corte de Apelación también gobernó qu el bombero no necesitó probar que su trabajo fue la causa principal de su enfisema. Él solamente necesitó demostrar que la exposición del trabajo contribuyp a un grado material al desarrollo de esta enfermedad.
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